JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA COMUNIDAD REGANTES GENIL-CABRA
Fecha: 28 DE JULIO DE 2021 (miércoles)
Hora: 19:00 horas en primera y 19:30 horas en segunda convocatoria
Lugar: Casa del Ciudadano, Santaella
En cumplimiento de lo establecido en los artículos 14 y 15 de las Ordenanzas que rigen la Comunidad de Regantes del Genil-Cabra, se convoca a todos los partícipes y usuarios de la misma a la Junta General Extraordinaria que se celebrará el día 28 de julio de 2021, miércoles, a las 19:00 horas (siete de la tarde) en primera convocatoria y a las 19:30 horas (siete y media de la tarde) en segunda convocatoria, a celebrar en la “CASA DEL CIUDADANO”
El Orden del día se adjunta en el siguiente enlace: Convocatoria Asamblea Extraordinaria 2021
MUY IMPORTANTE: Ante la situación sanitaria en la que nos encontramos, se deberá tener en consideración lo siguiente:
1º. A la vista de las características del lugar donde se tiene previsto celebrar la Asamblea, y para el caso de que el día señalado existieran limitaciones de aforo, los comuneros que deseen asistir (personalmente o a través de representante) a la Asamblea General de la Comunidad de Regantes deberán comunicarlo por escrito antes del día 14 de julio 2021, en las Oficinas de la Comunidad (de 9 a 14 horas), sitas en C/Villargallegos, 25, de Santaella (Córdoba), o por correo electrónico a la dirección asesoramiento@crgenilcabra.es. La comunicación y antelación señalada son imprescindibles a fin de poder adoptar las medidas correspondientes, razón por la cual no se podrá reservar plaza y, en consecuencia, garantizar la asistencia personal, a aquellos comuneros o representantes que no lo pongan de manifiesto en la forma anteriormente señalada.
2º. Los comuneros deberán acudir provistos de mascarillas, así como adoptar las medidas necesarias para evitar la propagación del COVID-19, observando las medidas de autoprotección, higiene y separación social adecuadas para prevenir los riesgos de contagio, manteniendo una distancia interpersonal mínima y en todo momento de 1,5 metros, así como el resto de las que se han establecido (o se establezcan) por las autoridades sanitarias. El cumplimiento de todo lo anterior será exigido de forma escrupulosa, pudiendo serle negada la entrada, o ser ordenado el desalojo, de quien incumpliera.
3º. Se recomienda, por los motivos sanitarios expuestos, con carácter general a todos nuestros comuneros y, entre otros, a aquellos que pertenezcan a grupos vulnerables al COVID-19 y a los que no les resulte posible asistir por aplicación de restricciones o encontrarse cumpliendo el protocolo/cuarentena prescrito por las autoridades sanitarias, la delegación de la representación y voto.