EXENCIÓN IBI RUSTICA 2023
Estimados comunero:
Como os consta, el Decreto de Sequía (Real Decreto-ley 4/2023, de 11 de mayo, por el que se adoptan medidas urgentes en materia agraria y de aguas en respuesta a la sequía, que fue convalidado mediante Resolución de 7 de junio de 2023 del Congreso de los Diputados), regula en su artículo 12 una exención en las cuotas del Impuesto sobre Bienes Inmuebles de naturaleza rústica correspondiente al ejercicio de 2023, prevista para los bienes inmuebles que sean propiedad de los titulares de explotaciones agrícolas o ganaderas, que estén afectos al desarrollo de tales explotaciones y siempre que hayan sufrido en dicho ejercicio una determinada reducción del rendimiento neto de tales actividades.
Se adjunta a la presente, Resolución de 9 de junio de 2023 de la Secretaría General de Financiación Autonómica y Local (BOE de 14 de junio de 2023), en cuyo artículo segundo se regulan los requisitos y el procedimiento para el otorgamiento de la exención. Resolución de 9 de junio de 2023, de la Secretaría General de Financiación Autonómica y Local
Reciba un cordial saludo.
FUENTE: Asesor jurídico José Romero Carretero